La Cour de Cassation de Francia rechazó el 1 de octubre de 2025 el recurso presentado por la sociedad británica Worldpay Ap Ltd contra una sentencia que la declaró responsable solidariamente por daños sufridos por un inversor francés en operaciones fraudulentas de cambio de divisas (Forex) y opciones binarias.
Los hechos del caso
El esquema de inversión
En 2014, el señor [F] [X], domiciliado en Francia, fue contactado por cuatro sociedades de corretaje: Finch Markets, BanQ of Broker, 50 Option y Triompheoption. Estas empresas le propusieron realizar inversiones en línea en dos tipos de productos financieros de alto riesgo: el mercado de cambio de divisas (Forex) y opciones binarias.
El circuito de los fondos
Para ejecutar estas inversiones, el señor [F] [X] realizó durante 2014 varias transferencias bancarias:
- El 5 de febrero de 2014: 5.000 euros a favor de Finch Markets
- El 7 de marzo de 2014: 6.000 euros a favor de 50 Option
- El 21 de marzo de 2014: 50.000 euros a favor de Finch Markets
- El 24 de abril de 2014: dos transferencias de 11.000 euros cada una a favor de 50 Option
Todas estas transferencias partieron de su cuenta personal abierta en BNP Paribas en Francia y fueron dirigidas hacia una cuenta bancaria específica ubicada en Francia, abierta a nombre de Worldpay Ap Ltd en los libros de la entidad The Royal Bank of Scotland PLC (que posteriormente se convirtió en Natwest Markets PLC).
El rol de Worldpay y Seroph
Worldpay es un proveedor británico de servicios de pago autorizado por la Financial Conduct Authority (FCA) desde 2009. Su actividad consiste en ofrecer servicios de pago y recepción de fondos a través de una red internacional de cuentas bancarias.
La cuenta francesa en cuestión no era utilizada directamente por Worldpay, sino que había sido puesta a disposición de una tercera empresa: la sociedad neerlandesa Seroph Holding BV. Esta relación estaba formalizada mediante un contrato titulado “Payment Processing Agreement” (Acuerdo de Procesamiento de Pagos) firmado el 19 de febrero de 2009.
En la práctica, los fondos transferidos por el señor [F] [X] llegaban a esta cuenta controlada por Worldpay pero operada por Seroph, quien actuaba como intermediaria en los servicios de pago. El destinatario final de los fondos era la sociedad 50 Options.
La desaparición de los fondos
Una vez que los fondos llegaron a la cuenta de Worldpay en Francia (puesta a disposición de Seroph), estos desaparecieron. El inversor no pudo recuperar el dinero invertido ni obtener los rendimientos prometidos por las sociedades de corretaje.
El señor [F] [X] intentó sin éxito recuperar los fondos transferidos contactando directamente con Worldpay y con Natwest (el banco donde estaba abierta la cuenta), pero estas gestiones resultaron infructuosas.
La demanda judicial
En 2017, alegando que Worldpay y Seroph habían incumplido sus obligaciones de vigilancia como proveedores de servicios de pago, el señor [F] [X] presentó una demanda contra ambas sociedades solicitando la indemnización de los perjuicios sufridos.
Argumentos de Worldpay
La sociedad británica contestó la demanda con dos argumentos principales:
- Sobre la ley aplicable: Worldpay sostuvo que no debía aplicarse la ley francesa al caso, argumentando que el daño no se materializó en Francia. Alegó que los fondos simplemente “transitaron” por su cuenta francesa, pero que el perjuicio no se cristalizó directamente en la cuenta bancaria del demandante en Francia, sino en el destino final de las transferencias.
- Sobre la obligación de vigilancia: Worldpay negó estar sujeta a una obligación de vigilancia respecto a las cuentas que ponía a disposición de sus clientes. Argumentó que:
- No existe una obligación general que imponga a un proveedor de servicios de pago investigar las condiciones en que su cliente (Seroph) ejerce su actividad
- Está sujeto a una obligación de no injerencia en los asuntos de su cliente
- No debe asegurarse de que su cliente cuente con las autorizaciones necesarias para ejercer su actividad
- No tiene que alertar sobre los riesgos de operaciones aprobadas voluntariamente por quienes las ordenan
- El señor [F] [X] realizó las transferencias voluntariamente y conocía o podía conocer los riesgos
Decisión sobre la ley aplicable
La Cour de Cassation confirmó la aplicación del derecho francés basándose en el Reglamento (CE) n° 864/2007 (Roma II), que establece que la ley aplicable a obligaciones no contractuales derivadas de hechos dañosos es la del país donde se produce el daño.
El tribunal estableció que:
- El señor [F] [X] estaba domiciliado en Francia
- Era titular de una cuenta bancaria en un establecimiento ubicado en Francia (BNP Paribas)
- Desde esa cuenta ordenó las transferencias
- Había sido objeto de contacto comercial (démarchage) en Francia
- El perjuicio financiero se sufrió directamente sobre su cuenta bancaria francesa
Por tanto, el daño se produjo en Francia y la ley francesa era aplicable a la acción de responsabilidad contra Worldpay y Seroph.
Análisis de la obligación de vigilancia
Las anomalías detectadas por el tribunal
La Cour de Cassation identificó varias anomalías que Worldpay debería haber detectado:
- Actividad regulada de Seroph: La sociedad Seroph se presentaba como especializada en servicios de pago. Una publicación en internet de mayo de 2013 permitía constatar el riesgo de que se dedicara a una actividad que requería autorización regulatoria. Seroph pertenecía a la categoría de establecimientos proveedores de servicios de pago sujetos a autorización, pero no justificó haber cumplido con las exigencias de información sobre las diligencias relativas al conocimiento del cliente establecidas en el contrato con Worldpay.
- Sociedades en lista negra: Seroph había comunicado a Worldpay la lista de sitios comerciales para los que realizaba servicios de pago. En esta lista figuraban BanQ of Broker y 50 Option, dos de las sociedades elegidas por el señor [F] [X]. Ambas empresas estaban incluidas en 2013 en la lista negra de inversiones de alto riesgo o estafas conocidas publicada por la Autorité des Marchés Financiers (AMF), el regulador financiero francés.
- Información en las órdenes de transferencia: En las órdenes de transferencia aparecían claramente el nombre del beneficiario final (50 Option) y referencias que identificaban a Seroph (códigos comenzando por “AC” seguidos de números correspondientes al destinatario final).
- Tránsito de fondos en Francia: Estaba establecido que los fondos transitaban en Francia a través de la cuenta que Worldpay tenía abierta en el banco Natwest, cuenta que había sido puesta a disposición de Seroph para sus prestaciones de pago.
La responsabilidad compartida
El tribunal reconoció que el señor [F] [X] había actuado con imprudencia, ya que no podía ignorar:
- Que algunos de los sitios de corretaje a los que envió pagos estaban mencionados en la lista de la AMF
- El carácter arriesgado de las inversiones, dadas las advertencias públicas que llamaban a la máxima prudencia
- Los mensajes de otros internautas que eran “particularmente claros y alarmantes”
Sin embargo, la Cour de Cassation señaló que Worldpay y Seroph, como profesionales del sector, habían contribuido a las inversiones fraudulentas al hacerlas posibles mediante la tecnología y la cuenta de la primera abierta en Francia y puesta a disposición de la segunda.
El fallo
La Cour de Cassation concluyó que Worldpay no podía ignorar que:
- Seroph pertenecía a las profesiones reguladas
- El funcionamiento de la cuenta presentaba transferencias en beneficio de sociedades inscritas en la lista negra de la AMF
Por tanto, Worldpay había incumplido su obligación de vigilancia y debía reparar solidariamente con Seroph el perjuicio causado al inversor.
La corte fijó la contribución del señor [F] [X] a la producción del daño en un 50% debido a su propia imprudencia, y condenó a Worldpay y Seroph a pagarle solidariamente 36.000 euros (la mitad de los 72.000 euros totales transferidos), más intereses al tipo legal desde la fecha de la sentencia.
El recurso de casación fue rechazado y Worldpay Ap Ltd fue condenada a pagar las costas del proceso.
https://www.courdecassation.fr/decision/export/68dce25dbc55f2c6aba50203/0