Cour de Cassation: aplicación de ley extranjera y orden público internacional

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La Primera Sala Civil de la Cour de cassation francesa dictó el 10 de diciembre de 2025 una sentencia (pourvoi n° 23-18.701) en materia de conflicto de leyes

Hechos del caso

Una mujer de nacionalidad camerunesa dio a luz a dos hijos en septiembre de 2017. En junio de 2018, interpuso una acción de investigación de paternidad contra un hombre ante los tribunales franceses.

Resolución de la Cour d’appel d’Orléans

La Cour d’appel, mediante sentencia de 11 de abril de 2023, declaró aplicable la ley francesa al litigio. Su razonamiento partió del artículo 311-14 del Código Civil francés, que establece que la filiación se rige por la ley personal de la madre en el momento del nacimiento del hijo, es decir, la ley camerunesa.

No obstante, la Cour d’appel consideró que el artículo 340 del Código Civil de Camerún, completado por el artículo 46 de la ordenanza de 29 de junio de 1981, resulta contrario al orden público internacional francés, al disponer que la acción de reconocimiento de paternidad es inadmisible cuando se acredite que, durante el período legal de concepción, la madre tuvo una conducta notoriamente reprochable o mantuvo relaciones con otro individuo. Por este motivo, descartó la aplicación de la ley camerunesa y aplicó la ley francesa, declarando la paternidad del demandado.

Fundamentos jurídicos de la casación

La Cour de cassation, aplicando de oficio un motivo conforme al artículo 1015 del Código de Procedimiento Civil, visó los artículos 3 y 311-14 del Código Civil francés.

Recordó que corresponde al juez francés, cuando se le solicita la aplicación de un derecho extranjero, determinar la ley competente según la regla de conflicto, establecer su contenido (con ayuda de las partes si fuera necesario) y aplicarla.

Doctrina establecida

La Cour de cassation estableció que la ley extranjera designada como competente por la regla de conflicto de leyes no puede descartarse por el solo motivo de que dicha ley contenga disposiciones contrarias al orden público internacional francés, cuando la aplicación de tales disposiciones no ha sido solicitada.

En el caso concreto, la sentencia constató que la causa de inadmisibilidad prevista en la ley camerunesa no había sido invocada ante la Cour d’appel por el demandado.

Fallo

La Cour de cassation casó y anuló en todas sus disposiciones la sentencia de la Cour d’appel d’Orléans, devolviendo el asunto y las partes al estado anterior y reenviándolo a la Cour d’appel de Bourges. Condenó a la demandante en costas.

https://www.courdecassation.fr/decision/export/6939279dc988783351cb64ae/1