La AEPD aclara el funcionamiento de la baliza V16 conectada ante la obligatoriedad de su uso a partir de enero de 2026

La Agencia Española de Protección de Datos ha publicado una nota informativa con el propósito de ofrecer información a la ciudadanía sobre el dispositivo de preseñalización V16, cuya utilización será obligatoria a partir del 1 de enero de 2026 para señalizar averías o situaciones de emergencia en carretera. La nota responde a mensajes que circulan en diversos foros sobre esta materia.

Características del dispositivo y datos transmitidos

La AEPD explica que la baliza V16 incorpora una luz visible y emite un aviso automático a los sistemas de tráfico en el momento de su activación. Esta comunicación transmite el lugar donde se encuentra el vehículo detenido y un identificador técnico del propio dispositivo.

La Agencia precisa que ese identificador no está asociado a una persona o matrícula, sin que exista un registro que vincule el dispositivo con la identidad de quien lo utiliza.

Ausencia de cesión de datos personales

Respecto a la adquisición del dispositivo, la AEPD señala que la persona que adquiere la baliza no tiene que dar sus datos personales a ninguna administración al adquirirlo, por lo que la Dirección General de Tráfico (DGT) no conocería quién ha comprado el dispositivo.

Funcionamiento limitado a situaciones de emergencia

La nota informativa aclara el funcionamiento técnico del dispositivo: mientras no se activa, la baliza no transmite ningún dato y, en caso de ser activada ante una situación de emergencia, la información que se envía no permitiría conocer quién es la persona que conduce ni reconstruir sus desplazamientos.

Asimismo, la Agencia indica que la baliza emite una señal mientras está encendida y deja de hacerlo al apagarse, sin generar historiales de movimientos o envío de datos de manera continua.

Marco normativo y limitación de funcionalidades

La AEPD recuerda que la norma recoge que estos dispositivos están destinados exclusivamente a la visibilización del vehículo accidentado y el envío de la ubicación de un incidente al activarse, prohibiendo expresamente que incorporen funcionalidades adicionales.

La obligatoriedad de utilización de la baliza V16 se encuentra establecida en el Real Decreto 159/2021, regulador de los servicios de auxilio en las vías públicas, modificado posteriormente por el Real Decreto 1030/2022.