La Tercera Sección Civil de la Corte Suprema de Casación italiana ha definido claramente el ámbito de aplicación del nuevo artículo 391-quater del Código Procesal Civil en su sentencia n. 7128/2025, estableciendo límites precisos al recurso de revocación por contrariedades a la Convención Europea de Derechos Humanos.
Dispositivo dell'art. 391 quater Codice di procedura civile
Fonti → Codice di procedura civile → LIBRO SECONDO - Del processo di cognizione → Titolo III - Delle impugnazioni → Capo III - Del ricorso per cassazione → Sezione II - Del procedimento e dei provvedimenti
(1)Le decisioni passate in giudicato il cui contenuto è stato dichiarato dalla Corte europea dei diritti dell'uomo contrario alla Convenzione per la salvaguardia dei Diritti dell'Uomo e delle Libertà fondamentali ovvero ad uno dei suoi Protocolli, possono essere impugnate per revocazione se concorrono le seguenti condizioni:
1) la violazione accertata dalla Corte europea ha pregiudicato un diritto di stato della persona;
2) l'equa indennità eventualmente accordata dalla Corte europea ai sensi dell'articolo 41 della Convenzione non è idonea a compensare le conseguenze della violazione.
Il ricorso si propone nel termine di sessanta giorni dalla pubblicazione della sentenza definitiva della Corte europea ai sensi del regolamento della Corte stessa. Si applica l'articolo 391 ter, secondo comma(3).
L'accoglimento della revocazione non pregiudica i diritti acquisiti dai terzi di buona fede che non hanno partecipato al giudizio svoltosi innanzi alla Corte europea
Las recurrentes solicitaron la revocación de la sentencia n. 15721/2011 de la Corte de Cassazione, que había confirmado la decisión de la Corte de Apelación de Milán, rechazando la demanda de indemnización por daños sufridos debido a la muerte de su familiar por intoxicación aguda de cocaína mientras estaba detenido en la Questura de Milán. Argumentaron que la sentencia fue declarada contraria a la Convención Europea de Derechos Humanos (CEDU) por la Corte Europea de Derechos Humanos en la sentencia del 14 de septiembre de 2023, caso n. 2264/2012, y que la indemnización otorgada por la Corte Europea no es suficiente para compensar las consecuencias de la violación.
El núcleo de la controversia
El punto central de esta decisión gira en torno a una pregunta fundamental: ¿Qué debe entenderse exactamente por «derechos de estado de la persona»? Esta pregunta es crucial porque el artículo 391-quater limita expresamente la posibilidad de revocar sentencias firmes que el TEDH declare contrarias a la Convención únicamente a casos donde se haya afectado esta categoría específica de derechos.
La Corte debía decidir entre:
- Una interpretación restrictiva: limitando el recurso exclusivamente a casos donde esté en juego el reconocimiento directo de un estado personal (filiación, nacionalidad, capacidad jurídica, etc.)
- Una interpretación amplia: extendiendo el recurso a todos los derechos fundamentales no patrimoniales o personales, incluso si solo están relacionados con un estado personal.
La solución adoptada
La Corte ha optado claramente por la interpretación restrictiva, estableciendo que:
- El recurso de revocación solo procede cuando la violación afecta directamente al reconocimiento o negación de un estado civil o personal
- No aplica cuando el derecho violado, aunque fundamental y personal, no implica la negación de un estado
- Específicamente, no procede cuando la demanda original buscaba una indemnización económica (tutela por equivalente)
En el caso concreto, el derecho a la indemnización por la pérdida de un familiar, aunque deriva de relaciones familiares, no constituye en sí mismo un «derecho de estado de la persona» y puede ser adecuadamente compensado mediante indemnización económica.
Implicaciones prácticas
Esta decisión establece un criterio claro y restrictivo que:
- Preserva el valor de la cosa juzgada, limitando su excepción a casos verdaderamente excepcionales
- Distingue entre derechos fundamentales que pueden ser compensados económicamente y aquellos que requieren el reconocimiento efectivo de un estado (como la filiación)
- Respeta la intención del legislador de introducir un remedio extraordinario solo para situaciones donde la compensación económica resulta ontológicamente inadecuada
La sentencia constituye un precedente fundamental para la interpretación del nuevo artículo 391-quater, definiendo de manera precisa sus límites de aplicación y resolviendo una importante cuestión interpretativa en el derecho procesal italiano.