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La Suprema Corte del Reino Unido establece que «sexo» en la Ley de Igualdad significa sexo biológico («For Women Scotland Ltd v The Scottish Ministers‘)


La Corte Suprema del Reino Unido ha dictado una sentencia en el caso «For Women Scotland Ltd v The Scottish Ministers», resolviendo que el término «sexo» en la Ley de Igualdad de 2010 debe interpretarse como sexo biológico y no incluye a personas trans con Certificado de Reconocimiento de Género (GRC).

El fallo unánime de cinco jueces (Lord Reed, Lord Hodge, Lord Lloyd-Jones, Lady Rose y Lady Simler) revoca las decisiones anteriores de los tribunales escoceses y establece un precedente significativo sobre la interpretación de la legislación sobre igualdad.

Antecedentes del caso

El caso surgió por la impugnación de una directriz del gobierno escocés que interpretaba que las mujeres trans con GRC debían contabilizarse como mujeres para alcanzar el objetivo de representación femenina del 50% en organismos públicos establecido por la Ley de Representación de Género en Juntas Públicas de Escocia de 2018.

La organización demandante, For Women Scotland, argumentó que esta interpretación extendía la definición de «mujer» más allá de lo permitido por la competencia legislativa del Parlamento escocés.

La cuestión central

Como señala la propia sentencia:

«The central issue on this appeal is whether references in the EA 2010 to a person’s ‘sex’ and to ‘woman’ and ‘female’ are to be interpreted in the light of section 9 of the GRA 2004 as including persons who have an acquired gender through the possession of a GRC.»

«La cuestión central en esta apelación es si las referencias en la Ley de Igualdad de 2010 al ‘sexo’ de una persona y a ‘mujer’ y ‘femenino’ deben interpretarse a la luz del artículo 9 de la Ley de Reconocimiento de Género de 2004 como inclusivas de personas que tienen un género adquirido a través de la posesión de un GRC.» (párrafo 25)

Razonamiento de la Corte

La Corte concluyó que la interpretación del sexo como «sexo certificado» haría que numerosas disposiciones de la Ley de Igualdad fueran incoherentes e impracticables. El tribunal destacó varios ejemplos clave:

1. Disposiciones sobre embarazo y maternidad

«The repeated references in these sections, to a woman who has become pregnant or who is breast-feeding only make sense if sex has its biological meaning. These plain, unambiguous words can only be interpreted coherently as references to biological sex, biological females and biological males.»

«Las referencias repetidas en estas secciones a una mujer que se ha quedado embarazada o que está amamantando solo tienen sentido si el sexo tiene su significado biológico. Estas palabras claras e inequívocas solo pueden interpretarse coherentemente como referencias al sexo biológico, a las hembras biológicas y a los machos biológicos.» (párrafo 178)

2. Orientación sexual

«The concept of sexual orientation towards members of a particular sex in section 12 is rendered meaningless.»

«El concepto de orientación sexual hacia miembros de un sexo particular en la sección 12 se vuelve sin sentido.» (párrafo 206)

La Corte explicó:

«Accordingly, a person with same sex orientation as a lesbian must be a female who is sexually oriented towards (or attracted to) females, and lesbians as a group are females who share the characteristic of being sexually oriented to females. This is coherent and understandable on a biological understanding of sex.»

«En consecuencia, una persona con orientación hacia el mismo sexo como lesbiana debe ser una mujer que está sexualmente orientada hacia (o atraída por) mujeres, y las lesbianas como grupo son mujeres que comparten la característica de estar sexualmente orientadas hacia mujeres. Esto es coherente y comprensible desde un entendimiento biológico del sexo.» (párrafo 206)

3. Servicios separados por sexo

«It is difficult to imagine how or in what circumstances it might be considered reasonable for a woman to object to members of the opposite sex (in condition (6)) where ‘the opposite sex’ would include trans women without a GRC (who remain legally male) but not to ‘members of her own sex’.»

«Es difícil imaginar cómo o en qué circunstancias podría considerarse razonable que una mujer objete a miembros del sexo opuesto (en la condición 6) donde ‘el sexo opuesto’ incluiría a mujeres trans sin un GRC (que siguen siendo legalmente hombres) pero no a ‘miembros de su propio sexo’.» (párrafo 217)

4. Deporte

La sentencia señala que las disposiciones sobre deportes se basan claramente en el sexo biológico:

«A gender-affected activity is a defined term. It depends on a determination of whether the physical strength, stamina or physique of average persons of one sex would put them at a disadvantage as competitors in a particular sport when compared to average persons of the other sex.»

«Una actividad afectada por el género es un término definido. Depende de una determinación de si la fuerza física, resistencia o fisonomía de personas promedio de un sexo las pondría en desventaja como competidoras en un deporte particular cuando se comparan con personas promedio del otro sexo.» (párrafo 235)

Conclusión principal

el tribunal concluyó en consecuencia que

«For all these reasons, this examination of the language of the EA 2010, its context and purpose, demonstrate that the words ‘sex’, ‘woman’ and ‘man’ in sections 11 and 212(1) mean (and were always intended to mean) biological sex, biological woman and biological man. These and the other provisions to which we have referred cannot properly be interpreted as also extending to include certificated sex without rendering them incoherent and unworkable.»

«Por todas estas razones, este examen del lenguaje de la Ley de Igualdad de 2010, su contexto y propósito, demuestran que las palabras ‘sexo’, ‘mujer’ y ‘hombre’ en las secciones 11 y 212(1) significan (y siempre se pretendió que significaran) sexo biológico, mujer biológica y hombre biológico. Estas y las otras disposiciones a las que nos hemos referido no pueden interpretarse adecuadamente como extendiéndose también para incluir el sexo certificado sin volverlas incoherentes e impracticables.» (párrafo 264)

Protección de personas trans

la sentencia subrayó, no obstante, que su interpretación no perjudica la protección de las personas trans bajo la Ley de Igualdad:

«This conclusion does not remove or diminish the important protections available under the EA 2010 for trans people with a GRC as we have explained. To the contrary, this potentially vulnerable group remains protected in the ways we have described.»

«Esta conclusión no elimina ni disminuye las importantes protecciones disponibles bajo la Ley de Igualdad de 2010 para las personas trans con un GRC como hemos explicado. Por el contrario, este grupo potencialmente vulnerable sigue protegido en las formas que hemos descrito.» (párrafo 264)

La Corte explicó que las personas trans seguirían protegidas contra la discriminación directa:

«Applied in the context of a discrimination claim made by a trans woman (a biological male with or without a GRC), the claimant can claim sex discrimination because she is perceived as a woman and can compare her treatment with that of a person not perceived to be a woman (whether that is a biological male or a trans man perceived to be male).»

«Aplicado en el contexto de una reclamación por discriminación presentada por una mujer trans (un hombre biológico con o sin GRC), la demandante puede reclamar discriminación por sexo porque es percibida como una mujer y puede comparar su trato con el de una persona que no es percibida como mujer (ya sea un hombre biológico o un hombre trans percibido como hombre).» (párrafo 250)

Por ello el fallo es que :

«For all these reasons, we conclude that the Guidance issued by the Scottish Government is incorrect. A person with a GRC in the female gender does not come within the definition of ‘woman’ for the purposes of sex discrimination in section 11 of the EA 2010.»

«Por todas estas razones, concluimos que la Guía emitida por el Gobierno Escocés es incorrecta. Una persona con un GRC en el género femenino no entra en la definición de ‘mujer’ a los efectos de la discriminación por sexo en la sección 11 de la Ley de Igualdad de 2010.» (párrafo 266)

Sin embargo, el tribunal también dejó claro que:

«There may well be public boards on which it is also important for trans people of either or both genders to be represented in order to ensure that their perspective is brought to bear in the board’s deliberations and in the organisation’s governance. Nothing in this judgment is intended to discourage the appointment of trans people to public boards or to minimise the importance of addressing their under-representation on such boards.»

«Puede haber juntas públicas en las que también sea importante que las personas trans de uno o ambos géneros estén representadas para garantizar que su perspectiva se tenga en cuenta en las deliberaciones de la junta y en la gobernanza de la organización. Nada en esta sentencia pretende desalentar el nombramiento de personas trans en juntas públicas o minimizar la importancia de abordar su subrepresentación en dichas juntas.» (párrafo 267)

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