La Oficina de Derechos de Autor de EE. UU. continúa su análisis sobre las intersecciones entre la inteligencia artificial (IA) y la ley de derechos de autor. Tras un período de estudio y consulta, la oficina ha publicado dos informes clave que ofrecen una valiosa perspectiva sobre cómo la ley de derechos de autor se adapta a la era de la IA. El más reciente, publicado en enero de 2025, se enfoca en la copyrightabilidad de obras creadas mediante IA generativa. Este informe, denominado Parte 2: Copyrightabilidad, aborda cuestiones cruciales sobre la autoría y la protección de obras que involucran IA, llegando a conclusiones importantes sobre la legislación vigente y la necesidad de modificaciones.
- Parte 2: Copyrightabilidad (enero de 2025): Este informe, accesible en https://www.copyright.gov/ai/Copyright-and-Artificial-Intelligence-Part-2-Copyrightability-Report.pdf, concluye que las cuestiones relativas a la registrabilidad y la IA pueden resolverse con la legislación actual, sin necesidad de modificaciones legislativas.
- Reafirma que la autoría humana es un requisito fundamental para la protección de los derechos de autor en Estados Unidos.
- Las indicaciones simples a los sistemas de IA no son suficientes para que un usuario sea considerado autor de la salida generada.
- Cuando un usuario introduce su propia obra protegida por derechos de autor y esta es perceptible en la salida, será autor de al menos esa parte de la salida.
- La selección, coordinación y disposición de material generado por humanos y por IA también puede estar protegida por derechos de autor, aunque la protección no se extienda a los elementos generados por IA por sí solos.
- La modificación o el arreglo de contenido generado por IA, donde una persona realiza cambios creativos adicionales, puede generar protección de derechos de autor.
- El informe analiza la preocupación sobre la competencia internacional, pero concluye que la Constitución de EE. UU. requiere autoría humana y el sistema de derechos de autor debe seguir fomentando la innovación y la expresión artística.
- Parte 1: Réplicas Digitales (julio de 2024): Anteriormente, en julio de 2024, la oficina publicó la Parte 1: Réplicas Digitales, que se puede consultar en https://www.copyright.gov/ai/Copyright-and-Artificial-Intelligence-Part-1-Digital-Replicas-Report.pdf centra en las réplicas digitales, definidas como representaciones falsas de individuos creadas con IA.
- El informe advierte sobre las amenazas que representan las réplicas digitales en el entretenimiento, la política y para los individuos privados.
- Se recomienda una nueva ley federal que proteja a todos los individuos de la distribución no autorizada de réplicas digitales durante su vida y les permita licenciar sus imágenes y voces, pero no ceder todos los derechos.
- La ley debe abarcar tanto usos comerciales como no comerciales e incentivar a las plataformas en línea a eliminar rápidamente las réplicas digitales no autorizadas.
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