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Orden público internacional y acción de investigación de paternidad: S. de la Cour de Cassation del 30 de abril de 2025


La Primera Sala Civil de la Corte de Casación francesa ha precisado los contornos de la excepción de orden público internacional en materia de filiación. La sentencia se refiere a una acción de investigación de paternidad interpuesta por una madre camerunesa, la Sra. R., para su hijo nacido en Francia en 2014.

Antecedentes

El artículo 311-14 del Código Civil francés establece que «la filiación se rige por la ley personal de la madre en el momento del nacimiento del hijo». En este caso, la ley camerunesa (ordenanza n°81/022 del 29 de junio de 1981) prevé que, bajo pena de preclusión, la acción de investigación de paternidad debe ser interpuesta por la madre en un plazo de dos años a partir del parto.

La Sra. R. había interpuesto su acción el 15 de mayo de 2019, más de cinco años después del nacimiento del niño, ocurrido el 13 de abril de 2014. La cuestión central era, por tanto, determinar si este plazo de preclusión previsto por la ley camerunesa debía aplicarse o ser descartado en nombre del orden público internacional francés.

La decisión de la Corte de Apelación de Aix-en-Provence

La Corte de Apelación de Aix-en-Provence había descartado la aplicación de la ley camerunesa, considerándola contraria al orden público internacional francés, argumentando que sus disposiciones restrictivas tendrían el efecto de privar a un menor nacido en Francia y que reside habitualmente allí de su derecho a establecer su filiación paterna.

La solución adoptada por la Corte de Casación

La Corte de Casación rechaza el recurso y establece un principio claro:

«De los artículos 3 y 311-14 del código civil se desprende que, si bien la filiación se rige en principio por la ley personal de la madre en el momento del nacimiento del hijo, la ley extranjera que no permite el establecimiento de la filiación fuera del matrimonio debe ser descartada por ser contraria al orden público internacional cuando tiene por efecto privar a un menor de su derecho a establecer su filiación, sin importar que la acción esté abierta para el hijo después de su mayoría de edad.

Tal es el caso de una ley que encierra en un plazo de preclusión la acción de investigación de paternidad que puede ejercer la madre durante la minoría de edad del hijo.»

Alcance de la decisión

Varios puntos de esta sentencia merecen ser subrayados:

  1. Abandono definitivo del orden público de proximidad: La Corte ya no hace referencia a la nacionalidad francesa o a la residencia habitual en Francia del niño, abandonando así el criterio de proximidad que prevalecía anteriormente.
  2. Consagración de un derecho fundamental del niño: La Corte consagra un verdadero derecho fundamental del menor a ver establecida su filiación, protegido por el orden público internacional.
  3. Rechazo de un enfoque restrictivo: Aunque la ley extranjera no prohíbe totalmente el establecimiento de la filiación (ya que prevé una posibilidad de acción por parte del hijo al alcanzar la mayoría de edad), sus restricciones durante la minoría de edad son suficientes para considerarla contraria al orden público.

Con esta sentencia, la Corte de Casación afirma claramente que el derecho de un menor a establecer su filiación constituye un principio fundamental del ordenamiento jurídico francés que se impone frente a las leyes extranjeras demasiado restrictivas. Esta decisión se inscribe en una tendencia más amplia de fortalecimiento de los derechos del niño en materia de filiación, de conformidad con las exigencias del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

https://www.courdecassation.fr/decision/6811bc3812a37cea68763df8

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