Proyecto de Ley para la Digitalización de la Ejecución Forzosa en Alemania

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El Gobierno Federal alemán ha presentado ante el Bundesrat este proyecto de ley (Drucksache 643/25, de 7 de noviembre de 2025), con plazo de pronunciamiento hasta el 19 de diciembre de 2025. El texto, firmado por el Canciller Friedrich Merz, tiene como objetivo avanzar en la digitalización del procedimiento de ejecución forzosa civil.


Contexto y problemática

Desde el 1 de enero de 2022, los abogados, autoridades y personas jurídicas de derecho público están obligados a transmitir electrónicamente sus solicitudes a los tribunales de ejecución. Sin embargo, la copia ejecutiva —documento que constituye el fundamento de la ejecución— sigue expidiéndose exclusivamente en papel y debe presentarse en ese formato.

Esta situación genera lo que el proyecto denomina «procedimientos híbridos»: el órgano de ejecución recibe el encargo por vía electrónica, pero la documentación acreditativa llega por correo postal, lo que obliga a asignar manualmente ambos elementos. Este proceso consume tiempo y entraña riesgo de extravío de la copia ejecutiva.


Principales modificaciones de la Zivilprozessordnung (ZPO)

Transmisión electrónica de documentos acreditativos (§§ 754a y 829a ZPO-E)

Se amplía el ámbito de aplicación de estos preceptos para permitir que la copia ejecutiva y demás documentos necesarios para acreditar los presupuestos de la ejecución puedan transmitirse como documentos electrónicos, en lugar de entregarse físicamente.

Equiparación de la copia electrónica a la física (§§ 754, 755, 757 y 802a ZPO-E)

Se establece que, para el ejercicio de las facultades y el cumplimiento de las obligaciones del oficial de justicia (Gerichtsvollzieher), basta con que este haya recibido la copia ejecutiva en formato electrónico, siempre que pueda seguir utilizándola para la ejecución del encargo.

Regulación del tráfico jurídico electrónico (§ 753, apartados 4 a 8 ZPO-E)

Se regulan las vías seguras de comunicación electrónica con el oficial de justicia, resolviendo las incertidumbres existentes hasta ahora.

Acreditación de poderes (§§ 752a y 753a ZPO-E)

El nuevo § 752a establece cómo deben acreditarse ante cualquier órgano de ejecución —tanto el oficial de justicia como el tribunal— los poderes para realizar actos procesales en el marco de la ejecución forzosa por créditos dinerarios sobre bienes muebles. Por su parte, el § 753a regula específicamente la acreditación del poder para recibir cantidades dinerarias (Geldempfangsvollmacht).

Nueva obligación para prestadores de servicios de cobro (§ 752b ZPO-E, Artículo 2)

Se extiende a los Inkassodienstleister y a las entidades de crédito la obligación de presentar electrónicamente sus encargos y solicitudes en procedimientos de ejecución forzosa.


Otras modificaciones relevantes

Ley de Subasta Forzosa (ZVG, § 69)

Se actualiza la normativa sobre garantías en subastas: en adelante, solo podrán emitir los cheques para la prestación de garantía las entidades de crédito inscritas en el Registro de Entidades de la BaFin o el Bundesbank.

Ordenanza Tributaria (Abgabenordnung, §§ 339-341)

Se incrementan las tasas de embargo, retirada y realización de bienes: de 28,60 € a 32,60 € y de 57,20 € a 62,40 €, equiparándolas a las ya vigentes en el Gerichtsvollzieherkostengesetz.

Libro Décimo del Código Social (SGB X, § 66)

Se posibilita un procedimiento digital sin ruptura de medios para la ejecución de actos administrativos en procedimientos masivos cuando se utilicen los órganos de ejecución de la ZPO. Además, se exime expresamente del uso de los formularios obligatorios de ejecución forzosa en el ámbito de aplicación del SGB X.


Impacto económico estimado

Concepto Federación Länder (incl. municipios) Ahorro anual por digitalización 9.000 € 4.223.000 € Ingresos adicionales por aumento de tasas 2.600.000 € 2.763.000 €

Para la economía privada se estima una descarga anual de aproximadamente 1.003.000 €, lo que constituye un «out» en el marco de la regla «one in, one out» del Gobierno Federal.

Los asegurados sociales (gesetzliche Krankenkassen) evitarán costes anuales de unos 2.300.000 € al poder prescindir de los formularios obligatorios de ejecución forzosa.


Entrada en vigor

La ley entrará en vigor, con carácter general, el primer día del segundo mes siguiente a su promulgación. El Artículo 2 —que extiende la obligación de transmisión electrónica a los Inkassodienstleister— entrará en vigor el primer día del decimotercer mes siguiente a la promulgación.

https://dserver.bundestag.de/brd/2025/0643-25.pdf