Tribunal General de la Unión Europea (Sala Séptima ampliada)
Sentencia de 19 de noviembre de 2025
Asunto T-367/23, Amazon EU Sàrl / Comisión Europea
Objeto del litigio
Amazon EU Sàrl interpuso recurso de anulación contra la Decisión C(2023) 2746 final de la Comisión, de 25 de abril de 2023, por la que se designó a la plataforma Amazon Store como plataforma en línea de muy gran tamaño con arreglo al artículo 33, apartado 4, del Reglamento (UE) 2022/2065 (Reglamento de Servicios Digitales).
La demandante, con el apoyo de la asociación alemana de comercio electrónico (bevh), solicitó con carácter principal la anulación de la Decisión impugnada y, subsidiariamente, su anulación parcial en lo relativo a las obligaciones derivadas de los artículos 38 (sistemas de recomendación no basados en elaboración de perfiles) y 39 (repositorio de anuncios publicitarios) del Reglamento.
Estructura del recurso
La demandante articuló tres motivos basados en excepciones de ilegalidad contra disposiciones del Reglamento de Servicios Digitales:
- Ilegalidad del artículo 33, apartado 1, por infracción de los artículos 7, 11, 16, 17 y 20 de la Carta de los Derechos Fundamentales
- Ilegalidad del artículo 38 (sistemas de recomendación)
- Ilegalidad del artículo 39 (repositorio publicitario)
Admisibilidad de la excepción de ilegalidad
El Tribunal desestimó las causas de inadmisión planteadas por el Consejo, la Comisión y el BEUC. El Tribunal declaró que:
- La demanda identifica con suficiente claridad que el primer motivo invoca la ilegalidad del artículo 33, apartado 1, del Reglamento.
- La Decisión impugnada tiene un vínculo jurídico directo con dicha disposición, ya que, aunque se adoptó sobre la base del artículo 33, apartado 4, aplica el criterio recogido en el apartado 1.
- La eventual ilegalidad de esta disposición habría de entrañar necesariamente la anulación de la Decisión.
Análisis del primer motivo
Libertad de empresa (artículo 16 de la Carta)
El Tribunal reconoció que las obligaciones de los artículos 34 a 43 del Reglamento constituyen una injerencia en la libertad de empresa, al obligar a los prestadores a adoptar medidas que pueden suponer costes importantes, tener impacto considerable en la organización de sus actividades o requerir soluciones técnicas complejas.
No obstante, el Tribunal consideró justificada la injerencia por las siguientes razones:
Sobre la existencia de riesgos sistémicos: Las plataformas de comercio pueden generar riesgos sistémicos conforme al artículo 34, apartado 1, del Reglamento, incluyendo:
- Difusión de contenidos ilícitos relacionados con productos peligrosos o no conformes
- Efectos negativos en la protección de los consumidores
- Exposición a anuncios publicitarios y comentarios de naturaleza política o religiosa
El Tribunal rechazó el argumento de que las plataformas de comercio no forman un “sistema” comparable al financiero, señalando que el Reglamento persigue reducir riesgos sistémicos para la sociedad en su conjunto cuando afectan a una parte importante de la población de la Unión.
Sobre las medidas alternativas: El Tribunal señaló que el mero hecho de que existieran medidas menos gravosas no basta para acreditar una infracción del artículo 16 de la Carta, dado que solo el carácter manifiestamente inadecuado de una medida puede afectar a su legalidad en un ámbito donde el legislador dispone de amplia facultad de apreciación.
Sobre los costes: El Tribunal indicó que la importancia del objetivo de protección de los consumidores puede justificar consecuencias económicas negativas, incluso considerables, para determinados operadores económicos.
Derecho de propiedad (artículo 17 de la Carta)
El Tribunal desestimó esta alegación, señalando que las obligaciones impuestas constituyen cargas administrativas pero no privan a los prestadores de la propiedad de sus plataformas.
Igualdad de trato (artículo 20 de la Carta)
El Tribunal rechazó los argumentos relativos a:
- Tratamiento idéntico de diferentes plataformas: Las plataformas de comercio pueden generar riesgos sistémicos análogos a los de redes sociales y servicios de intercambio de contenidos.
- Diferenciación según tamaño: Las plataformas con promedio mensual de destinatarios activos igual o superior a 45 millones pueden entrañar riesgos de distinto alcance que las más pequeñas.
- Diferenciación respecto a minoristas: A diferencia de los sitios de minoristas, las plataformas difunden información proporcionada por destinatarios del servicio sin tener necesariamente conocimiento de toda ella.
Libertad de expresión e información (artículo 11 de la Carta)
El Tribunal reconoció que el artículo 38 del Reglamento constituye una injerencia en la libertad de expresión comercial de las plataformas, pero la consideró proporcionada:
- No afecta al contenido esencial del derecho
- Persigue un objetivo de interés general (protección de consumidores)
- Es fruto de una ponderación legítima entre libertad de expresión comercial y protección de consumidores
Vida privada (artículo 7 de la Carta)
El Tribunal examinó las obligaciones de los artículos 39 y 40 del Reglamento relativas a la divulgación de información sobre actividades publicitarias y acceso de investigadores a datos.
Fallo
El Tribunal General desestima el recurso y condena a Amazon EU Sàrl en costas, incluidas las correspondientes al procedimiento sobre medidas provisionales.
Referencia:
Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima ampliada) de 19 de noviembre de 2025
Asunto T-367/23, Amazon EU Sàrl / Comisión Europea
ECLI:EU:T:2025:… (pendiente de publicación definitiva)