Propuesta de Reglamento “Digital Omnibus I”: simplificación de requisitos de información y documentación en el ámbito digital

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El 19 de noviembre de 2025, la Comisión Europea presentó la propuesta COM(2025) 837, conocida como “Digital Omnibus I”, que modifica diversos reglamentos del acervo digital de la Unión con el objetivo de simplificar los requisitos de información y documentación, reduciendo la carga administrativa para empresas y administraciones públicas.

Contexto y justificación

La propuesta se enmarca en el compromiso de la Comisión, anunciado en su Comunicación sobre una Europa más simple y rápida, de promover políticas innovadoras que refuercen la competitividad de la Unión y aligeren las cargas regulatorias sin comprometer los objetivos subyacentes de la normativa. Se estima que las medidas propuestas generarán ahorros de aproximadamente 437 millones de euros anuales.

El paquete afecta a los siguientes instrumentos normativos:

  • Reglamento (UE) 2022/868 (Reglamento de Gobernanza de Datos)
  • Reglamento (UE) 2023/2854 (Reglamento de Datos)
  • Reglamento (UE) 2024/1183 (Reglamento del Marco Europeo de Identidad Digital)
  • Reglamento (UE) 2019/881 (Reglamento de Ciberseguridad)
  • Reglamento (UE) 2022/2065 (Reglamento de Servicios Digitales)
  • Reglamento (UE) 2019/1150 (Reglamento P2B sobre relaciones entre plataformas y empresas)
  • Reglamento (UE) 2022/1925 (Reglamento de Mercados Digitales)

Principales modificaciones por instrumento normativo

Reglamento de Gobernanza de Datos (DGA)

Se simplifican los requisitos de notificación para los servicios de intermediación de datos, sustituyendo la obligación de proporcionar información detallada antes del inicio de actividades por un sistema de notificación simplificada con información básica. La información adicional solo deberá facilitarse a requerimiento de la autoridad competente. Se eliminan determinadas obligaciones de información pública y se introducen mecanismos de intercambio de información entre autoridades para reducir duplicidades.

Se amplía de 12 a 15 meses el plazo para que la Comisión adopte actos de ejecución relativos al formulario común de solicitud de reutilización de datos del sector público.

Reglamento de Datos

Se simplifican las obligaciones de documentación para fabricantes de productos conectados y proveedores de servicios relacionados. Se sustituye la obligación de proporcionar información exhaustiva antes de la celebración del contrato por un sistema escalonado donde la información básica se facilita previamente y la información detallada queda disponible a solicitud del usuario.

Se clarifican las condiciones para la puesta a disposición de datos a organismos del sector público en situaciones de necesidad excepcional, y se introduce mayor flexibilidad en los plazos de respuesta.

Reglamento del Marco Europeo de Identidad Digital (eIDAS 2)

Se simplifican los requisitos de información para los proveedores de servicios de confianza y se clarifican las obligaciones de notificación. Se introducen disposiciones para facilitar el reconocimiento transfronterizo y reducir la carga documental en los procedimientos de supervisión.

Reglamento de Ciberseguridad

Se modifican las disposiciones relativas a los esquemas europeos de certificación de ciberseguridad, introduciendo mayor flexibilidad en los requisitos de documentación y simplificando los procedimientos de evaluación de la conformidad para determinadas categorías de productos, servicios y procesos TIC.

Se refuerza el papel de ENISA en la coordinación y se clarifican las obligaciones de los organismos de evaluación de la conformidad.

Reglamento de Servicios Digitales (DSA)

Se introducen simplificaciones significativas en las obligaciones de transparencia e información:

  • Se amplían los plazos para la publicación de informes de transparencia de las plataformas en línea.
  • Se simplifican los requisitos de contenido de dichos informes, permitiendo formatos más flexibles.
  • Se reducen las obligaciones de información para plataformas de menor tamaño.
  • Se clarifican las obligaciones relativas a la publicidad en línea y los sistemas de recomendación.

Para las plataformas en línea de muy gran tamaño y los motores de búsqueda de muy gran tamaño, se mantienen las obligaciones reforzadas pero se introducen mecanismos de coordinación para evitar duplicidades con otras obligaciones de información derivadas de la normativa sectorial.

Reglamento P2B (relaciones plataformas-empresas)

Se simplifican las obligaciones de transparencia en las condiciones generales de las plataformas, permitiendo formatos más accesibles y reduciendo la extensión requerida de determinadas cláusulas informativas.

Se clarifican las obligaciones relativas a los sistemas de gestión interna de reclamaciones y a la mediación.

Reglamento de Mercados Digitales (DMA)

Se introducen ajustes técnicos en las obligaciones de información de los guardianes de acceso, coordinando los calendarios de presentación de informes y permitiendo la consolidación de determinados requisitos documentales.

Se clarifican los procedimientos de notificación y se reducen las duplicidades informativas entre las distintas obligaciones del Reglamento.

Disposiciones horizontales

La propuesta introduce principios comunes aplicables a todos los instrumentos modificados:

  • Proporcionalidad: las obligaciones de información deben ser proporcionadas al tamaño y capacidad de los operadores económicos.
  • Digitalización: se fomenta el uso de medios electrónicos y formatos interoperables.
  • Reutilización: la información facilitada a una autoridad debe poder ser compartida con otras para evitar solicitudes duplicadas, respetando las normas de protección de datos.
  • Accesibilidad: la información debe presentarse de manera clara, comprensible y accesible.

Consideración especial de las PYME

La propuesta refuerza las disposiciones específicas para pequeñas y medianas empresas en todos los instrumentos modificados, reconociendo el impacto desproporcionado que las cargas administrativas tienen sobre estas entidades. Se introducen exenciones, plazos ampliados y requisitos simplificados para operadores que no alcancen determinados umbrales.

Implicaciones presupuestarias

La propuesta no genera implicaciones presupuestarias adicionales significativas para la Unión, dado que las modificaciones se centran en la simplificación de obligaciones existentes. Los ahorros estimados para los operadores económicos ascienden a aproximadamente 437 millones de euros anuales.

Tramitación y entrada en vigor

La propuesta sigue el procedimiento legislativo ordinario conforme al artículo 114 del TFUE. Las modificaciones entrarán en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, con períodos transitorios específicos para determinadas disposiciones que permitan la adaptación de los operadores afectados.

https://digital-strategy.ec.europa.eu/en/library/digital-omnibus-regulation-proposal