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La Corte Suprema italiana da luz verde al «préstamo solutorio»


La Corte Suprema de Casación italiana, a través de sus Secciones Unidas Civiles, ha emitido el 5 de marzo de 2025 una sentencia (n° 5841/2025) que establece un criterio unificado sobre la validez jurídica del denominado «préstamo solutorio» (mutuo solutorio).

¿Qué es el préstamo solutorio?

El préstamo solutorio es una operación financiera en la cual una entidad bancaria otorga un préstamo a un cliente que ya mantiene deudas con dicha entidad, y los fondos prestados se destinan inmediatamente a saldar las deudas preexistentes. Esta práctica ha generado controversia en los tribunales italianos, con interpretaciones divergentes sobre su validez legal.

La controversia jurídica

La discusión principal se centraba en determinar si en estos casos existe una verdadera entrega (traditio) de las sumas prestadas, requisito esencial para la validez del contrato de préstamo según el artículo 1813 del Código Civil italiano. Algunos tribunales sostenían que, al usarse inmediatamente el dinero para cancelar deudas previas, no existía una verdadera disponibilidad de los fondos por parte del prestatario.

El caso analizado

El caso involucraba a Anna Lanzoni y Antonio Bianchi, quienes habían firmado varios préstamos con la Cassa di Risparmio di Cento, el último de los cuales (en 2000) fue utilizado para cancelar deudas anteriores. Cuando la entidad bancaria reclamó el pago del saldo pendiente, los prestatarios impugnaron la validez del contrato alegando que nunca recibieron efectivamente las sumas prestadas.

La decisión de la Corte

Las Secciones Unidas de la Corte de Casación establecieron los siguientes principios:

  1. La acreditación en cuenta corriente equivale a la entrega: El perfeccionamiento del contrato de préstamo se produce cuando la suma prestada se pone a disposición jurídica del prestatario mediante el abono en su cuenta corriente.
  2. El destino de los fondos es irrelevante: No afecta a la validez del contrato que las sumas prestadas se destinen inmediatamente a saldar deudas preexistentes con la misma entidad bancaria.
  3. El préstamo solutorio constituye título ejecutivo válido: Siempre que se cumplan los requisitos del artículo 474 del Código Procesal Civil italiano.

Esta sentencia representa un importante respaldo a una práctica bancaria habitual, especialmente en operaciones de refinanciación de deudas. La Corte ha rechazado el enfoque que consideraba estas operaciones como meros pactos de no exigibilidad temporal (pactum de non petendo ad tempus) y ha confirmado su naturaleza como auténticos contratos de préstamo.

El fallo tiene especial relevancia para el sector bancario y financiero, ya que proporciona seguridad jurídica a las operaciones de restructuración de deuda mediante nuevos préstamos, práctica común en situaciones de dificultad financiera de los deudores.

https://www.cortedicassazione.it/resources/cms/documents/5841_03_2025_civ_noindex.pdf

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