Una juez de Mollet del Vallès (Barcelona) ha dado la razón parcial a un comprador y le ha eximido de pagar los «intereses usurarios» que firmó en un contrato de credipago, al estimar que son «abusivos» ya que se sitúan en el 30,60%, superando el límite del 30% que fija la jurisprudencia.
En la sentencia la titular del juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Mollet del Vallès da la razón parcial a Gregorio C.B., un vigilante de seguridad que fue denunciado por no satisfacer, al quedar en paro, las cuotas de un contrato de préstamo de financiación que suscribió al comprar dos colchones para sus hijos.
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