El Constitucional cambia la Ley de Derecho Civil de Galicia
Considera que la norma viola dos artículos de la carta magna
Cerca de una década ha tardado en cerrarse la cuestión de constitucionalidad sobre la Ley 4/1995 de Derecho Civil de Galicia. En concreto el problema estaba en una palabra contenida en uno de sus párrafos, que ahora el Alto Tribunal ha suprimido para que la norma no vulnere los artículos 14 y 39 de la Constitución española.
El TC declara inconstitucional y nula la expresión ‘comunes’ que contiene el art. 123.3 de la Ley 4/1995, de 24 de mayo, de Derecho civil de Galicia”.
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