Francia | Cour de cassation, 20 de mayo de 2026: contribución al mantenimiento de los hijos y recurso entre progenitores por el pasado

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Cour de cassation | 20 de mayo de 2026 — Contribución al mantenimiento de los hijos y recurso entre progenitores por el período anterior a la demanda

Identificación de la resolución

Cour de cassation, première chambre civile, formación restringida, arrêt n.º 379 F-B de 20 de mayo de 2026 (pourvoi n.º E 25-14.686). ECLI:FR:CCASS:2026:C100379. Presidenta: Mme Champalaune; ponente: Mme Caullireau-Forel, conseillère. Publicado en el Bulletin. Desestimación del recurso (rejet) frente al arrêt de la cour d’appel de Versailles de 6 de marzo de 2025.

Objeto del litigio

Tras una acción de determinación de la paternidad, ejercitada en 2018 y culminada con el reconocimiento de los dos hijos en junio de 2020, la madre solicitó en julio de 2021 la condena del padre al pago de una contribución al mantenimiento y la educación de los menores. La cour d’appel fijó la contribución en 1.000 euros mensuales por hijo y la declaró debida con efecto retroactivo, dentro del límite de los cinco años anteriores a la demanda. El padre recurrió sosteniendo que el progenitor que ha atendido en solitario las necesidades de los hijos solo dispone de un recurso personal por las sumas pagadas que excedan su propia cuota contributiva y que la madre debía justificar los gastos efectivamente realizados.

Doctrina establecida

La Cour de cassation desestima el recurso y precisa la naturaleza y el alcance de la obligación de contribución. Conforme al artículo 371-2, párrafo primero, del code civil, cada progenitor contribuye al mantenimiento y educación de los hijos en proporción a sus recursos, a los del otro progenitor y a las necesidades del menor.

Esta obligación se analiza no solo como una obligación frente al hijo —que únicamente puede invocar su beneficio al alcanzar la mayoría de edad—, sino también como una obligación entre progenitores. Ello permite a aquel que asume la carga íntegra de los hijos recurrir contra el otro por la parte que a este corresponde según sus respectivas facultades contributivas, tanto para el futuro como para el pasado, en este último caso dentro del límite de los cinco años precedentes a la introducción de la instancia.

El punto central reside en el régimen probatorio aplicable al período anterior a la demanda: el progenitor que reclama no ha de justificar los gastos que efectivamente realizó. Basta con que acredite haber atendido en solitario las necesidades de los hijos. En el caso, no se discutía que los menores convivían con la madre y que esta, a falta de contribución paterna, los había asumido necesariamente desde el punto de vista financiero, de modo que la cour d’appel pudo fijar la contribución sin exigir el detalle de los desembolsos.

Fundamentos jurídicos relevantes

La resolución se apoya en el artículo 371-2 del code civil. La Cour descarta la lectura del recurrente, que reconducía la pretensión al régimen del artículo 1346 del code civil —subrogación y recurso personal por las sumas pagadas en exceso—, configurando en cambio una obligación autónoma entre progenitores cuya cuantía se determina atendiendo a la situación económica de cada parte y a las necesidades de los hijos, sin necesidad de prueba pormenorizada del gasto pasado.

El pronunciamiento consolida una doctrina que alivia la carga probatoria del progenitor que ha asumido en exclusiva el sostenimiento de los hijos. Al desvincular el recurso entre progenitores de la acreditación concreta de los gastos y anclarlo en las facultades contributivas respectivas y en las necesidades del menor, la Cour evita penalizar a quien ha suplido la ausencia de contribución del otro. La limitación temporal a los cinco años anteriores a la demanda equilibra esa facilidad probatoria con la seguridad jurídica del progenitor deudor. La cuestión presenta interés comparado para el Derecho español, donde la contribución de ambos progenitores al sostenimiento de los hijos (artículos 110, 154 y 156 del Código Civil) y la reclamación de gastos asumidos en solitario plantean problemas análogos de retroactividad y prueba.

Referencias