La Cour de cassation, reunida en Chambre mixte, ha unificado la calificación jurídica del préjudice d’anxiété a efectos de su prescripción, en el marco del prolongado contencioso por la exposición intrauterina al dietilestilbestrol (DES, comercializado como Distilbène). La cuestión enfrentaba criterios divergentes entre las distintas salas, lo que motivó la avocación a formación mixta.
Identificación de la resolución
Cour de cassation, Chambre mixte (integrada por la primera y segunda salas de lo civil y la sala de lo social), sentencia de 29 de mayo de 2026, pourvoi nº 24-17.384. ECLI:FR:CCASS:2026:MI00299. Arrêt nº 299, publié au Bulletin et au Rapport (B+R). Presidente: M. Soulard, premier président; ponente: M. Mornet, conseiller. Casación parcial de la sentencia de la cour d’appel de Versailles de 22 de febrero de 2024.
Objeto del litigio
Una mujer expuesta in utero al DES demandó al laboratorio productor en reparación de los perjuicios derivados de dicha exposición. Los productores opusieron la prescripción a la pretensión indemnizatoria por préjudice d’anxiété. La controversia se centraba en determinar el régimen de prescripción aplicable a ese perjuicio: el plazo general de cinco años del artículo 2224 del Code civil o el plazo decenal del artículo 2226, reservado a la acción de responsabilidad nacida de un daño corporal.
Doctrina establecida
La Chambre mixte fija que el préjudice d’anxiété derivado del temor a un menoscabo de la integridad física, provocado por el riesgo elevado de desarrollar una patología grave a consecuencia de la exposición a un producto o sustancia tóxica o nociva, constituye un perjuicio consecutivo a un daño corporal.
El razonamiento parte de una noción amplia de daño corporal, caracterizado por toda lesión física o psíquica de la persona. La Sala considera que sufre tal lesión quien queda expuesto a una sustancia tóxica o nociva idónea para provocar una patología grave. En consecuencia, la acción de derecho común dirigida a reparar ese préjudice d’anxiété se somete al plazo de prescripción de diez años desde la consolidación del daño previsto en el artículo 2226 del Code civil, y no al plazo quinquenal del artículo 2224.
La sentencia precisa el cómputo del plazo. Cuando se ha fijado una fecha de consolidación, la prescripción corre desde ella para la reparación del conjunto de perjuicios, incluido el de ansiedad. Cuando solo se padece el préjudice d’anxiété, el daño puede tenerse por consolidado desde que la víctima conoce la exposición, la identidad del responsable y los riesgos asociados; en todo caso, el dies a quo no puede ser anterior a la fecha de cese de la exposición.
Sobre esta base, la Sala casa la sentencia de apelación, que había declarado prescrita la pretensión por entender que el préjudice d’anxiété era un mero perjuicio moral indemnizable con independencia de todo daño corporal y sujeto al plazo del artículo 2224.
Fundamentos jurídicos relevantes
La casación se pronuncia al amparo de los artículos 2224 y 2226, párrafo primero, del Code civil. La Sala recuerda su jurisprudencia previa sobre el préjudice d’anxiété en materia de amianto (Soc., 11 de mayo de 2010; Ass. plén., 5 de abril de 2019) y otras sustancias tóxicas, así como la línea de la primera sala civil sobre el DES (1re Civ., 17 de enero de 2018) y sobre la ansiedad indemnizable por riesgo elevado de patología grave (1re Civ., 18 de diciembre de 2024). Invoca además la reciente doctrina de la asamblea plenaria sobre el concepto de daño corporal, físico o psíquico (Ass. plén., 28 de noviembre de 2025).
Un segundo motivo prospera al amparo del artículo 1240 del Code civil: da derecho a reparación el daño en relación causal con una culpa, aunque esta no sea su única causa. La cour d’appel, al excluir el nexo causal entre la exposición al DES y una anomalía anatómica con motivos que no bastaban para descartar esa contribución, privó a su decisión de base legal.
La resolución armoniza, mediante formación mixta, la calificación del préjudice d’anxiété que las salas civil y social habían venido tratando de forma dispar a efectos de prescripción. Al adscribirlo al régimen del daño corporal, prolonga sensiblemente la ventana temporal de las acciones indemnizatorias por exposición a sustancias tóxicas y aporta criterios uniformes sobre el dies a quo. Su publicación au Bulletin et au Rapport confirma la vocación de la sentencia de operar como precedente de referencia. La casación es parcial, con reenvío a la cour d’appel de Paris.
Referencias
- Resolución: Cour de cassation, Chambre mixte, 29 de mayo de 2026, pourvoi nº 24-17.384, ECLI:FR:CCASS:2026:MI00299.https://www.courdecassation.fr/decision/export/6a1929aecdc6046d47545d4d/1
- Normativa aplicada: artículos 2224, 2226 y 1240 del Code civil; artículo L. 1471-1 del Code du travail (cit.).
- Decisión recurrida: cour d’appel de Versailles, 22 de febrero de 2024 (nº 21/07436).