Identificación de la resolución
Cour de cassation, troisième chambre civile (formación de sección), arrêt n.º 337 FS-B, de 4 de junio de 2026, pourvoi n.º 24-15.070. ECLI:FR:CCASS:2026:C300337. Publicado en el Bulletin. Presidenta: Sra. Teiller; consejero ponente: Sr. Bosse-Platière. La resolución desestima (rejet) el recurso interpuesto contra la sentencia de la Cour d’appel de Bastia de 28 de febrero de 2024.
Objeto del litigio
Mediante acto de 26 de agosto de 2019, un matrimonio de edad avanzada y su explotación agrícola arrendaron a uno de sus hijos —y a la sociedad agrícola gestionada por este— un bail rural sobre 72 hectáreas de viñedo y huerta, junto con edificaciones y equipamiento completo de vinificación, por una renta mensual de 833,33 euros más 300 euros, cuando los términos de comparación reglamentarios situaban la renta anual de referencia entre 72.000 y 86.400 euros solo por el viñedo. Fallecidos ambos arrendadores, otro hijo, en su condición de heredero, instó la nulidad del arrendamiento por violencia como vicio del consentimiento.
Doctrina establecida
La Cour de cassation fija dos pronunciamientos de alcance general sobre el artículo 1143 del Code civil (abuso del estado de dependencia, modalidad de violencia introducida por la reforma de 2016).
En primer lugar, declara que no es necesario acreditar la existencia de actos positivos de amenaza o de presión para caracterizar el vicio de violencia del artículo 1143. Se rechaza así la tesis del recurrente según la cual el comportamiento abusivo debía manifestarse necesariamente mediante un componente coactivo activo o un comportamiento delictivo.
En segundo lugar, precisa que el estado de dependencia respecto del cocontratante exigido por el precepto puede resultar de un estado de vulnerabilidad —conocido por ese cocontratante— del que este abusa al concluir el contrato para obtener una ventaja manifiestamente excesiva. La dependencia relevante, por tanto, no se limita a la dependencia económica o empresarial, sino que comprende la derivada de una alteración de las facultades cognitivas de la parte vulnerable.
Aplicando esta doctrina, la Sala confirma que la Cour d’appel pudo deducir el vicio: ambos arrendadores presentaban desde 2017 un deterioro cognitivo relevante (secuelas de un accidente cerebrovascular en uno; trastornos de orientación y pérdida de memoria mayor, compatibles con enfermedad de Alzheimer, en la otra) que les impedía aprehender el alcance del contrato; el hijo arrendatario mantenía relaciones regulares con ellos y conocía esa alteración general del discernimiento; y la desproporción entre la renta pactada y los valores de referencia evidenciaba la ventaja manifiestamente excesiva. La anulación del arrendamiento se considera ajustada a Derecho.
Fundamentos jurídicos relevantes
La motivación se articula sobre los artículos 1130, 1140, 1142 y 1143 del Code civil. Las ramas primera a tercera y séptima del motivo se desestiman sin motivación específica conforme al artículo 1014, párrafo segundo, del Code de procédure civile.
La resolución consolida y amplía la línea jurisprudencial sobre la violence économique del artículo 1143, desvinculándola de la necesidad de probar conductas coactivas activas y admitiendo expresamente la vulnerabilidad cognitiva como fuente del estado de dependencia. El pronunciamiento presenta interés desde la perspectiva del Derecho comparado por su paralelismo con la protección frente al abuso de situación en la contratación con personas de discernimiento alterado, materia abordada en el ordenamiento español a través de los vicios del consentimiento y de la normativa sobre apoyos a personas con discapacidad.
Referencias
- Resolución impugnada: Cour d’appel de Bastia, 28 de febrero de 2024 (n.º 22/687).
- Normativa aplicada: arts. 1130, 1140, 1142 y 1143 del Code civil; arts. 1014.2 y 700 del Code de procédure civile
- https://www.courdecassation.fr/decision/export/6a21163ecdc6046d470a9b51/1