BOLETÍN DE ACTUALIDAD DE DERECHO CIVIL

Nuevo Proyecto de Ley Busca Agilizar y Proteger a Menores en Procesos de Determinación de Edad


Introducción

En España, la determinación de la edad de personas, especialmente menores, es un proceso crucial para garantizar sus derechos y su protección.

Ante las necesidades de mejora en este ámbito, el Gobierno ha presentado un proyecto de ley que busca modificar la legislación vigente para agilizar los procedimientos y asegurar la protección de los menores. Este proyecto de ley complementa la Ley que modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil para regular el procedimiento de determinación de la edad.

Objetivo Principal

El objetivo principal de este proyecto de ley es modificar la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, para adaptarla al nuevo procedimiento de determinación de la edad regulado en la legislación procesal civil. Este proyecto busca que los jueces de menores sean competentes para conocer estos procedimientos cuando existan dudas razonables sobre la edad de una persona detenida.

Puntos Clave del Proyecto de Ley

  • Competencia de los Jueces de Menores: Se establece que los Jueces de Menores serán competentes para conocer del procedimiento de determinación de la edad cuando existan dudas razonables sobre la mayoría o minoría de edad de una persona detenida.
  • Modificación del Artículo 2 de la Ley Orgánica 5/2000: Se añade un apartado 2 bis al artículo 2 de la Ley Orgánica 5/2000, ampliando las competencias de los juzgados de menores.
  • Modificación del Artículo 17 de la Ley Orgánica 5/2000: Se añade un segundo párrafo al apartado 5 del artículo 17, estableciendo que el fiscal instará el procedimiento de determinación de la edad ante el Juez de Menores competente cuando haya dudas sobre la edad de una persona detenida.
  • Procedimiento en Casos de Detención: Si una persona es detenida y existe duda razonable sobre su edad, el conocimiento del caso corresponderá a los Jueces de Menores del lugar donde se haya cometido el hecho delictivo. Esto se basa en el principio de presunción de minoría de edad y el interés superior del menor.
  • Unificación de Procesos: Al atribuir la competencia a los Jueces de Menores, se busca unificar el conocimiento de la determinación de la edad y la justicia juvenil en un solo órgano judicial, lo que reduce el número de profesionales involucrados y las actuaciones judiciales. Esto solo aplica cuando existan dudas sobre si la persona detenida es mayor o menor de edad.
  • Profesionales Cualificados: La intervención de los Jueces de Menores asegura que los procesos sean llevados a cabo por profesionales cualificados en justicia juvenil.
  • Aplicación Inmediata: Los expedientes de determinación de la edad en curso se regirán por la nueva ley una vez que entre en vigor.
  • Entrada en Vigor: La ley entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, para permitir que los Juzgados de Menores se adapten a su nueva competencia.

¿Por qué es importante este proyecto de ley?

Este proyecto de ley es crucial porque mejora la eficiencia y la calidad de la justicia en materia de protección de la infancia y la adolescencia. Al asignar la competencia a los Jueces de Menores en casos de duda sobre la edad de personas detenidas, se garantiza un proceso más ágil y eficiente. Esto responde a las observaciones del Comité de Derechos del Niño, que señalaba las carencias del modelo anterior. Además, se asegura la protección del interés superior del menor.

Estructura del Proyecto de Ley

El proyecto de ley se estructura de la siguiente manera:

  • Artículo Único: Modificación de la Ley Orgánica 5/2000.
  • Disposición Transitoria Única: Regulación de los expedientes en curso.
  • Disposición Derogatoria Única: Derogación de normas contradictorias.
  • Dos Disposiciones Finales: Sobre el título competencial y la entrada en vigor.

Estado Actual del Proyecto

El proyecto de ley fue presentado por el Gobierno el 22 de noviembre de 2024 y calificado el 26 de noviembre de 2024. Actualmente, se encuentra en la Comisión de Justicia para enmiendas, con un plazo inicial hasta el 18 de diciembre de 2024, que fue ampliado hasta el 4 de febrero de 2025.

Enlace al PDF del Proyecto de Ley: https://www.congreso.es/public_oficiales/L15/CONG/BOCG/A/BOCG-15-A-41-1.PDF#page=1

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