Datos del caso
Tribunal: Cour de Cassation de Francia – Primera Sala Civil
Arrêt n°: 424 del 12 de junio de 2025
Pourvoi n°: 24-12.767
Decisión impugnada: Cour d’appel de Limoges del 23 de mayo de 2023
Antecedentes del caso
Una mujer nacida el 27 de marzo de 1987 fue puesta bajo curatela reforzada por decisión del juzgado de tutelas de Lyon el 25 de junio de 2013, por una duración de veinte años.
Cronología procesal:
- Diciembre 2021: La interesada solicita el levantamiento de la medida de protección
- Febrero 2022: Reitera su solicitud
- Octubre 2022: El juzgado de tutelas de Guéret rechaza la solicitud y mantiene la curatela reforzada por cinco años más
- Mayo 2023: La Cour d’appel de Limoges confirma la decisión del juzgado
- Marzo 2024: Presentación del recurso de casación
Situación de la persona protegida
Estado de salud según certificado médico:
- Facultades mentales: Sin alteración constatada
- Capacidades intelectuales: Completamente eficientes (razonamiento, juicio, comprensión, anticipación)
- Discapacidad corporal: Forma grave de discapacidad física
- Desplazamiento únicamente en silla de ruedas (manual o eléctrica)
- Movimientos anómalos de tipo coreicos
- Dificultades graves de expresión por afectación neurológica
- Imposibilidad de usar extremidades superiores para escribir
Medio de comunicación:
La persona puede comunicarse exclusivamente mediante ordenador, utilizando un dispositivo especial: un casco con una “licorne” (varilla metálica) que le permite pulsar las teclas del teclado mediante movimientos de cabeza.
Situación personal:
- Vive en pareja con su compañero
- Expresa confianza total en su pareja
- Su compañero la acompaña y asiste diariamente
- Ha manifestado deseo de autonomía para realizar trámites administrativos
Argumentos del recurso de casación
El recurso presenta cinco ramas principales que cuestionan:
1. Respeto de derechos fundamentales
- Alega que las facultades intelectuales están completamente eficientes
- Sostiene que vive con un compañero que la asiste diariamente
- Considera que mantener la curatela reforzaría su dependencia hacia su pareja
2. Defectos de motivación
- Critica que la Cour d’appel no examinó las pruebas aportadas
- Señala motivación abstracta sin referencia específica a elementos del expediente
3. Condiciones de la curatela por alteración corporal
- Argumenta que la alteración de facultades corporales no impide la expresión de voluntad
- Sostiene que con el equipo informático puede expresar su voluntad y superar las dificultades
4. Proporcionalidad de la medida
- Cuestiona la necesidad de asistencia continua por un curador externo
- Alega que la medida no es adaptada ni proporcionada a su estado
5. Condiciones específicas de curatela reforzada
- Sostiene que no se constató inaptitud para percibir ingresos y hacer uso normal de los mismos
Posición de la Cour d’appel de Limoges
La Cour d’appel fundamentó su decisión en que:
- La persona presenta alteración de facultades corporales que impide la expresión de su voluntad
- Solo puede expresar su voluntad mediante equipo informático que requiere asistencia de terceras personas
- Sin esta asistencia, permanece en incapacidad de expresar su voluntad
- La necesidad de que otra persona ponga a disposición el ordenador y lo equipe con el dispositivo constituye una limitación determinante
Marco jurídico aplicable
Textos de referencia:
- Artículo 415 del Código Civil: Respeto de libertades individuales y derechos fundamentales
- Artículo 425: Condiciones de las medidas de protección por alteración de facultades corporales “de naturaleza que impida la expresión de su voluntad”
- Artículo 428: Principios de necesidad, subsidiariedad y proporcionalidad
- Artículo 440: Condiciones de la curatela
- Artículo 472: Condiciones específicas de la curatela reforzada
Precedentes jurisprudenciales citados:
- Cass. 1ère civ., 27 mars 2024: Sobre ceguera total y curatela
- Cass. 1ère civ., 21 novembre 2018: Sobre alteración de facultades corporales
- CEDH, 18 septembre 2014: Sobre proporcionalidad de medidas de protección
Cuestión jurídica central
El caso plantea la interpretación de las condiciones de mantenimiento de una medida de curatela cuando la persona protegida con discapacidad solo puede expresar su voluntad mediante equipo informático, pero conserva íntegras sus facultades mentales e intelectuales.