El 2 de julio de 2025, la Primera Sala Civil de la Cour de Cassation francesa dictó una sentencia en materia de filiación que aclara los límites para el establecimiento de una nueva filiación cuando ya existe una legalmente establecida. La resolución anuló un acta de notoriedad que constataba una posesión de estado contradictoria con una filiación paterna ya inscrita en el registro civil.
Los hechos del caso
El litigio se originó en una compleja situación de filiación que se desarrolló durante varias décadas:
Los antecedentes registrales
Inscripción original: El 23 de febrero de 1972, Mme [X] fue inscrita en el registro civil como nacida el 22 de febrero de 1972, siendo declarada hija de [G] [X] y de [T] [N], su esposa.
Acta de notoriedad posterior: El 29 de junio de 2018, un juez de primera instancia expidió, a solicitud de Mme [X], un acta de notoriedad que constataba su posesión de estado como hija de [O] [L], fallecido el 7 de diciembre de 2017.
Mención registral: El 4 de octubre de 2018, este acta de notoriedad y la filiación establecida respecto a [O] [L] fueron mencionadas al margen del acta de nacimiento de Mme [X], por instrucciones del ministerio público.
La impugnación
El 14 de agosto de 2019, M. [L]-[E], hijo de [O] [L], demandó ante el tribunal judicial la anulación, subsidiariamente la inoponibilidad, del acta de notoriedad expedida el 29 de junio de 2018.
Las decisiones de instancia
Primera instancia
El tribunal judicial de Montpellier del 6 de julio de 2021 rechazó las pretensiones del demandante.
Segunda instancia
La Cour d’Appel de Montpellier, mediante sentencias del 8 de junio de 2023 y 9 de noviembre de 2023, confirmó la decisión de primera instancia, declarando inadmisible la acción de M. [L]-[E] basándose exclusivamente en que el artículo 317 in fine del Código Civil especifica que el acta de notoriedad no está sujeta a recurso.
La doctrina de la Cour de Cassation
Sobre la naturaleza del acta de notoriedad
La Cour de Cassation estableció principios fundamentales sobre la naturaleza jurídica del acta de notoriedad:
Carácter no jurisdiccional: El acta de notoriedad, destinada a probar la posesión de estado, carece de carácter jurisdiccional, de modo que el juez de primera instancia que la expide no ejerce poder jurisdiccional.
Prohibición de recursos vs. acción contenciosa: Si bien el último párrafo del artículo 317 prohíbe el ejercicio de una vía de recurso contra la expedición de un acta de notoriedad o su denegación, no prohíbe una acción contenciosa ulterior en contestación de la validez del acta o de la posesión de estado que constata.
El principio de la filiación única
La sentencia reafirma el principio fundamental establecido en el artículo 320 del Código Civil:
Obstáculo a filiación contradictoria: Mientras no haya sido contestada en justicia, la filiación legalmente establecida hace obstáculo al establecimiento de otra filiación que la contradiga.
Nulidad del acta contradictoria: Se deduce de la combinación de los artículos 310-3, 317 y 320 del Código Civil que el acta de notoriedad que constata la posesión de estado redactada en presencia de una filiación legalmente establecida que contradice, está viciada de nulidad.
Marco normativo aplicable
La sentencia aplicó el artículo 317 del Código Civil en su redacción anterior a la modificación por la Ley n° 2019-222 del 23 de marzo de 2019, que establecía:
Competencia: Cada uno de los padres o el hijo puede solicitar al juez del tribunal de primera instancia territorialmente competente que le sea expedida un acta de notoriedad que hará fe de la posesión de estado hasta prueba en contrario.
Procedimiento: El acta se establece sobre la base de las declaraciones de al menos tres testigos y, si el juez lo estima necesario, cualquier otro documento producido que atestigüe una reunión suficiente de hechos.
Límites temporales: La expedición del acta de notoriedad solo puede solicitarse en un plazo de cinco años desde el cese de la posesión de estado alegada o desde el fallecimiento del padre pretendido.
Aplicación al caso concreto
La situación fáctica
La Cour de Cassation constató que:
- Al momento de expedirse el acta de notoriedad constatando la posesión de estado de Mme [X] como hija de [O] [L], ya disponía de una filiación legalmente establecida respecto a [G] [X]
- Esta filiación anterior no había sido judicialmente anulada
- El acta de notoriedad no podía ser válidamente expedida en presencia de una filiación legalmente establecida
El error de las instancias inferiores
Interpretación errónea del artículo 317: La Cour d’Appel había aplicado incorrectamente el artículo 317 del Código Civil, confundiendo la prohibición de recursos contra el acta con la imposibilidad de impugnar su validez mediante acción contenciosa.
Falta de distinción: No distinguió entre el procedimiento de expedición del acta (no sujeto a recurso) y la validez sustantiva del acta cuando contradice una filiación preestablecida.
La resolución final
Casación parcial sin reenvío
La Cour de Cassation decidió:
- Rechazar el recurso respecto al arrêt del 8 de junio de 2023
- Casar y anular completamente el arrêt del 9 de noviembre de 2023
- Decidir sin reenvío por razones de buena administración de justicia
- Revocar la sentencia del tribunal judicial de Montpellier del 6 de julio de 2021
- Anular el acta de notoriedad del 29 de junio de 2018
Medidas registrales
Orden de anotación: La Cour ordenó que se haga mención de esta anulación al margen del acta de nacimiento de Mme [X] inscrita el 23 de febrero de 1972.
https://www.courdecassation.fr/decision/export/6864c7a43355b57104228e6b/1