BOLETÍN DE ACTUALIDAD DE DERECHO CIVIL

La Cour de Cassation francesa, criminal, confirma el alcance extraterritorial de la indemnización civil derivada de hechos penales ocurridos en Francia


Una sentencia que establece doctrina sobre la reparación integral del daño por vulneración de derechos de autor

En una sentencia dictada el 18 de marzo de 2025 (recurso nº 24-81.603), la Sala de lo Penal del Tribunal de Casación francés ha confirmado que la localización de los hechos constitutivos de infracción contra la propiedad intelectual en territorio francés no limita la competencia de los tribunales que resuelven sobre la acción civil respecto a la ubicación de los daños derivados directamente de estos hechos.

Los hechos enjuiciados

El caso afectaba al Sr. Y. O., quien había creado y gestionado una plataforma de almacenamiento de vídeos de series de televisión francesas y extranjeras, vinculada a varios sitios web que permitían a los internautas visualizar y descargar dichos contenidos. Declarado culpable del delito de vulneración de derechos de propiedad intelectual mediante la difusión o representación de obras protegidas sin autorización, fue condenado a abonar cuantiosas indemnizaciones a varias sociedades y entidades.

Los motivos del recurso

El recurso interpuesto por el Sr. O. sostenía principalmente que:

  1. Los tribunales penales franceses únicamente podían pronunciarse sobre los hechos contemplados en la acusación, es decir, los actos infractores cometidos en territorio francés
  2. La Audiencia Provincial había incluido en el cálculo de la indemnización los daños producidos en el extranjero, excediendo así el ámbito de su competencia
  3. Se había invertido la carga de la prueba al exigir que el condenado demostrase que otro tribunal había sido apoderado por las partes civiles

La solución adoptada por el Tribunal de Casación

El Alto Tribunal rechaza estos argumentos estableciendo un principio claro:

La localización de hechos constitutivos de infracción contra la propiedad intelectual en un lugar determinado del territorio nacional, tal como resulta de las disposiciones definitivas sobre la acción penal, no limita la competencia de los jueces que resuelven sobre la acción civil en cuanto a la localización de los daños resultantes directamente de estos hechos.

En otras palabras, una vez acreditada la infracción en territorio francés, los tribunales pueden indemnizar la totalidad del perjuicio derivado de ella, incluido el sufrido en el extranjero.

El Tribunal también avala el razonamiento de la Audiencia Provincial que se había remitido a la jurisprudencia del TJUE (sentencia eDate Advertising GmbH y Martinez, C-509/09, de 25 de octubre de 2011) para fundamentar su competencia en el lugar de establecimiento del infractor.

Consecuencias prácticas

Esta decisión tiene importantes implicaciones para los titulares de derechos y los infractores en el entorno digital:

  1. Para los titulares de derechos: posibilidad de obtener resarcimiento de la totalidad de su perjuicio global ante los tribunales franceses, sin necesidad de multiplicar los procedimientos en el extranjero
  2. Para los infractores: incremento del riesgo de condenas a elevadas sumas indemnizatorias, calculadas sobre la base del conjunto de perjuicios causados a nivel internacional
  3. Para la competencia jurisdiccional: confirmación del principio según el cual corresponde al infractor que alega la existencia de otros procedimientos judiciales aportar la prueba de ello

Una solución adaptada al contexto digital

Esta solución jurisprudencial resulta particularmente adecuada para las infracciones cometidas en Internet, donde los efectos dañinos se propagan instantáneamente a escala mundial, sin consideración de las fronteras nacionales.

Al permitir una reparación integral del perjuicio, el Tribunal de Casación refuerza la eficacia de la protección de los derechos de propiedad intelectual en el entorno digital y evita la fragmentación de las acciones de resarcimiento que podría imponer una concepción estrictamente territorial de la competencia de los tribunales civiles.

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