BOLETÍN DE ACTUALIDAD DE DERECHO CIVIL

STS 05-03-2025. sobre prescripción acción de restitución de las cantidades pagadas por intereses usurarios en tarjetas revolving


El Tribunal Supremo en su S. 350/2025, de 5 de marzo, establece criterios claros sobre la prescripción de las acciones de restitución derivadas de la nulidad por usura de contratos de tarjetas revolving, cuestión esta que ha generado jurisprudencia discordante en las AAPP:

Antecedentes del caso

El litigio surge a raíz de un contrato de tarjeta de crédito revolving suscrito el 1 de junio de 2015. El titular de la tarjeta demandó a la entidad financiera (Wizink Bank) solicitando la nulidad del contrato por usura y la restitución de todas las cantidades pagadas en exceso sobre el capital prestado.

La entidad se allanó parcialmente, aceptando la nulidad por usura pero alegando la prescripción de la acción de restitución. Tanto el Juzgado como la Audiencia Provincial estimaron la prescripción, negando al cliente la restitución de lo pagado en exceso.

Las cuestiones jurídicas resueltas

El Tribunal Supremo aborda dos cuestiones fundamentales:

  1. ¿Está sujeta a prescripción la acción de restitución derivada de la nulidad por usura?
  2. En caso afirmativo, ¿cuál es el dies a quo (día inicial) para el cómputo del plazo?

La decisión del Tribunal Supremo

Sobre la prescriptibilidad de la acción restitutoria

El Alto Tribunal distingue claramente entre:

  • La acción de nulidad del préstamo usurario: que es imprescriptible por tratarse de una nulidad radical, absoluta y originaria.
  • La acción de restitución de lo pagado en exceso sobre el capital: que sí está sujeta al plazo general de prescripción de las acciones personales (5 años según el art. 1964.2 CC).

El Tribunal considera que, a pesar de la especial redacción del artículo 3 de la Ley de Represión de la Usura, no hay motivo para excluir la aplicación de las reglas generales sobre prescripción contenidas en los artículos 1930 y siguientes del Código Civil.

Sobre el dies a quo del plazo de prescripción

El aspecto más novedoso de la sentencia es la determinación del momento inicial del cómputo del plazo:

  • El plazo no comienza con la celebración del contrato, sino con cada pago que realiza el cliente.
  • En el caso de las tarjetas revolving, donde cada mes el cliente paga una cuota comprensiva de capital, intereses y otros gastos, la acción para solicitar la restitución nace respecto de cada pago mensual.

Por tanto, el cliente puede reclamar todas las cantidades pagadas en exceso sobre el capital durante los cinco años anteriores a la reclamación extrajudicial o judicial (plazo ampliado en 82 días por la suspensión acordada durante el estado de alarma por la pandemia).

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